¿En qué consiste este servicio?
La Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N° 19.537) regula los condominios, edificios y conjuntos habitacionales. Te asesoramos en conflictos entre copropietarios, interpretación del reglamento interno, cobro de gastos comunes, impugnación de asambleas, y defensa de tus derechos como propietario o comité de administración.
Conflictos más frecuentes en propiedad horizontal
- Gastos comunes impagos: Cobro judicial y extrajudicial a propietarios morosos.
- Ruidos molestos y uso inadecuado de espacios comunes.
- Conflictos por modificaciones no autorizadas (cierros de balcones, ampliaciones).
- Interpretación del reglamento interno y actas de asamblea.
- Mala administración del comité o del administrador.
- Impugnación de acuerdos de asamblea.
- Problemas con mascotas prohibidas por el reglamento.
Servicios que ofrecemos
- Asesoría a comités de administración en la gestión del condominio.
- Redacción y modificación del reglamento interno y actas de asamblea.
- Cobro judicial y extrajudicial de gastos comunes impagos.
- Representación en juicios de propiedad horizontal (demandas por ruidos, daños, etc.).
- Asesoría en venta de unidades y certificados de deuda.
- Defensa de propietarios ante multas injustificadas del comité.
- Acciones para cesar actividades molestas (obras, ruidos, olores).
Proceso que realizamos
- Análisis del reglamento, actas y antecedentes del conflicto.
- Envío de cartas formales o requerimientos al comité o al vecino infractor.
- Solicitud de mediación en la respectiva Seremi o juzgado de policía local.
- Demanda judicial si no hay acuerdo, con cobro de costas.
- Ejecución de sentencia (ej: cobro de gastos comunes, cese de ruidos).
Plazos y costos
Un cobro de gastos comunes vía juicio monitorio puede resolverse en 3 a 8 meses. Un conflicto por ruidos molestos puede durar 2 a 6 meses en juzgado de policía local. Honorarios fijos o por resultado según cada caso. Primera consulta sin costo.
Preguntas frecuentes sobre propiedad horizontal
- ¿Puedo negarme a pagar gastos comunes si no estoy de acuerdo con la administración? - No. La obligación de pago es legal. Debes pagar y luego impugnar los acuerdos que consideres ilegales.
- ¿Qué hago si un vecino hace ruido constante? - Podemos enviar una carta de cese, solicitar mediación y eventualmente demandar por vía civil o de policía local.
- ¿El comité puede prohibir mascotas? - Solo si está expresamente en el reglamento interno inscrito. De lo contrario, no.
- ¿Cómo se cobran los gastos comunes impagos? - Primero extrajudicialmente, luego juicio ejecutivo o monitorio contra el propietario moroso.
- ¿Un acuerdo de asamblea puede ser anulado? - Sí, si contraviene la ley o el reglamento, se puede impugnar judicialmente.
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Horario: Lunes a Viernes 09:00 - 18:00 hrs.
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