¿Qué es la violencia intrafamiliar (VIF)?
La VIF es toda acción u omisión que constituya maltrato físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial, cometida entre familiares, convivientes, cónyuges, ex parejas o personas que tienen un hijo en común. Está regulada por la Ley N° 20.066 (Ley de Violencia Intrafamiliar).
Fono Familia Carabineros: 149
Fono Orientación VIF: 1455
Fono Sernameg: 1455
Tipos de violencia intrafamiliar
Violencia física
Golpes, empujones, cachetadas, lesiones con objetos.
Violencia psicológica
Insultos, humillaciones, amenazas, control excesivo, aislamiento.
Violencia sexual
Actos sexuales no consentidos, incluso dentro del matrimonio.
Violencia económica
Control del dinero, impedir trabajar, no dar alimentos.
Violencia digital
Acoso por redes sociales, difusión de imágenes íntimas sin permiso.
Violencia patrimonial
Destrucción de objetos personales, robo de pertenencias.
¿Quiénes están protegidos por la Ley VIF?
- Cónyuges o convivientes (actuales o anteriores).
- Parejas sin convivencia (pololeo).
- Familiares directos: Padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos.
- Personas que tienen un hijo en común (aunque no convivan).
- Cuidadores o personas a cargo del adulto mayor o persona con discapacidad.
Medidas de protección que puedes solicitar
Orden de alejamiento
El agresor no puede acercarse a la víctima, su domicilio, trabajo o familia.
Prohibición de comunicación
No puede contactar por teléfono, WhatsApp, redes sociales ni ningún medio.
Salida del agresor del domicilio común
Aunque la casa sea de ambos, el agresor debe abandonarla.
Cuidado provisional de hijos
La víctima puede quedarse con el cuidado personal de los hijos.
Fijación de alimentos provisorios
Para la víctima y sus hijos.
Arresto domiciliario o prisión preventiva
En casos graves donde hay riesgo inminente.
Botón antipánico
Dispositivo de alerta para víctimas de alto riesgo.
Prohibición de portar armas
El agresor no puede tener armas de fuego.
¿Dónde se solicitan las medidas de protección?
- Tribunales de Familia: Por la vía de denuncia de VIF (más rápida para medidas de protección).
- Fiscalía o Juzgados de Garantía: Si la violencia constituye delito penal.
- Carabineros o PDI: Puedes denunciar directamente y ellos derivan al tribunal.
Procedimiento para obtener medidas de protección
- Denuncia: En Carabineros, PDI, Fiscalía o directamente en el Juzgado de Familia.
- Audiencia de medidas cautelares: En 24 a 48 horas, el juez puede decretar medidas provisorias.
- Audiencia preparatoria: Se cita a ambas partes para evaluar las pruebas.
- Evaluación psicosocial: Si el juez lo considera necesario.
- Sentencia: El juez determina si se confirman, modifican o levantan las medidas.
Documentos y pruebas necesarias
- Informes médicos o de lesiones (Servicio Médico Legal, consultorios, hospitales).
- Denuncias previas (si las hay).
- Partes policiales (Carabineros).
- Fotografías de lesiones o daños.
- Mensajes de texto, WhatsApp, correos electrónicos con amenazas o insultos.
- Testigos (vecinos, familiares, compañeros de trabajo).
- Informes psicológicos o psiquiátricos.
¿Qué pasa después de obtener las medidas de protección?
- El agresor debe cumplirlas: Si no lo hace, puede ser detenido y sancionado penalmente.
- Las medidas pueden ser temporales o permanentes: Depende de la gravedad del caso.
- Se puede solicitar su modificación o levantamiento: Si cambian las circunstancias.
- Paralelamente, puede haber juicio penal: Por lesiones, amenazas u otros delitos.
Consecuencias para el agresor
- Incumplir las medidas es delito (penas de presidio).
- Puede ser condenado a asistir a programas de intervención en VIF.
- Puede perder el cuidado personal de los hijos.
- Puede ser condenado penalmente (multas, presidio).
¿Qué hacer si eres víctima de VIF?
- 1. No normalices la violencia: No es amor, ni carácter fuerte, ni celos. Es un delito.
- 2. Busca un momento seguro y denuncia: Carabineros, PDI, Fiscalía o Tribunal de Familia.
- 3. Guarda todas las pruebas: Mensajes, fotos, partes médicos, testigos.
- 4. Acude a un centro médico: Para dejar constancia de las lesiones.
- 5. Contacta a un abogado especializado: Para solicitar medidas de protección inmediatas.
- 6. Prepara una "mochila de emergencia": Documentos, dinero, ropa, en caso de tener que salir rápido.
- 7. No estás sola: Pide ayuda a familiares, vecinos o redes de apoyo.
El ciclo de la violencia
La violencia intrafamiliar suele repetirse en un ciclo de 3 fases:
- 1. Acumulación de tensión: Pequeños conflictos, insultos, control.
- 2. Explosión violenta: Golpes, agresiones graves, violación.
- 3. Luna de miel: El agresor se disculpa, promete cambiar, regala cosas. Luego el ciclo vuelve a empezar.
Salir del ciclo es posible con ayuda profesional y legal.
Preguntas frecuentes sobre medidas de protección VIF
- ¿Puedo pedir medidas de protección sin denunciar penalmente? - Sí, a través del Juzgado de Familia con una denuncia de VIF.
- ¿Cuánto duran las medidas de protección? - Depende del caso. Pueden ser por meses o años, y se revisan periódicamente.
- ¿Qué hago si el agresor incumple la orden de alejamiento? - Denuncia inmediata a Carabineros. El incumplimiento es delito.
- ¿Puedo pedir que el agresor salga de la casa aunque la casa sea de él? - Sí, la ley permite la salida del agresor del domicilio común para proteger a la víctima.
- ¿Pierdo el cuidado de mis hijos si denuncio VIF? - No. Por el contrario, denunciar protege a tus hijos del maltrato.
- ¿Puedo denunciar si soy extranjera y no tengo documentos? - Sí, la ley te protege sin importar tu situación migratoria.
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