¿En qué consiste la violencia intrafamiliar?
La VIF está regulada por la Ley N° 20.066 (Ley de Violencia Intrafamiliar) y los artículos del Código Penal aplicables. Se define como todo maltrato físico, psicológico, sexual o económico que ocurre entre familiares, convivientes, cónyuges, ex parejas o personas que tienen un hijo en común.
Fono Familia Carabineros: 149
Fono Orientación VIF: 1455
Fono Sernameg: 1455
Tipos de violencia intrafamiliar
Violencia física
Golpes, empujones, bofetadas, quemaduras, lesiones con objetos. Cualquier daño corporal.
Violencia psicológica
Insultos, humillaciones, descalificaciones, amenazas, control excesivo, aislamiento de familiares.
Violencia sexual
Imposición de actos sexuales no consentidos, incluso dentro del matrimonio o convivencia.
Violencia económica
Control del dinero, impedir que la víctima trabaje, no dar alimentos, apropiación de bienes.
Violencia digital
Acoso por redes sociales, difusión de imágenes íntimas sin permiso, control de dispositivos.
Violencia patrimonial
Destrucción de objetos personales, robo de pertenencias, daños a la propiedad.
¿Quiénes son sujetos de VIF?
- Cónyuges o convivientes (actuales o anteriores).
- Parejas sin convivencia (pololeo).
- Familiares directos: Padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos.
- Personas que tienen un hijo en común (aunque no convivan).
- Cuidadores o personas a cargo del adulto mayor o persona con discapacidad.
Consecuencias penales de la VIF
- Falta de maltrato (sin lesiones): Multa de 1 a 10 UTM y asistencia a programas de prevención.
- Lesiones leves en contexto VIF: Presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa.
- Lesiones graves en contexto VIF: Penas más altas que lesiones comunes (agravante por parentesco).
- Amenazas en contexto VIF: Penas más severas que amenazas comunes.
- Violación o abuso sexual intrafamiliar: Penas de presidio mayor (10 a 20 años).
Medidas de protección inmediatas
- 📋 Orden de alejamiento: El agresor no puede acercarse a la víctima, su domicilio, trabajo o familia.
- 📞 Prohibición de comunicación: No puede contactar por ningún medio.
- 🏠 Salida del agresor del domicilio común: Aunque la casa sea de ambos, el agresor debe irse.
- 👶 Cuidado provisional de hijos: La víctima puede quedarse con los hijos.
- 🍽️ Fijación de alimentos provisorios.
- 🔒 Arresto domiciliario o prisión preventiva: En casos graves.
- 🛡️ Botón antipánico: Dispositivo de alerta para víctimas de alto riesgo.
Servicios para víctimas de VIF
- Asesoría inicial gratuita y confidencial: Te escuchamos sin juzgarte.
- Acompañamiento a denunciar: Vamos contigo a Carabineros, PDI, Fiscalía o Tribunales de Familia.
- Solicitud de medidas de protección urgentes: En el mismo día si hay riesgo.
- Interposición de denuncia y querella: Por lesiones, amenazas o delitos sexuales.
- Coordinación con Fiscalía especializada en VIF.
- Solicitud de examen médico legal y peritaje psicológico.
- Indemnización civil: Por daño físico, psicológico y económico.
- Derivación a redes de apoyo: Sernameg, centros de la mujer, casas de acogida.
Servicios para imputados por VIF
- Defensa penal especializada: Con experiencia en VIF.
- Impugnación de medidas cautelares: Solicitar medidas menos gravosas si procede.
- Participación en programas de intervención: Para evitar penas más altas.
- Defensa en juicio oral: Si el caso llega a juicio.
- Recursos judiciales: Apelaciones, nulidad, etc.
¿Qué hacer si eres víctima de VIF?
- 1. No normalices la violencia: No es "amor", "carácter fuerte" o "celos". Es un delito.
- 2. Busca un momento seguro y denuncia: Carabineros, PDI o Fiscalía.
- 3. Guarda todas las pruebas: Mensajes, grabaciones, fotografías de lesiones, testigos.
- 4. Acude a un centro médico: Para dejar constancia de las lesiones.
- 5. Contacta a un abogado especializado: Para solicitar medidas de protección inmediatas.
- 6. Prepara una "mochila de emergencia": Documentos, dinero, ropa, en caso de tener que salir rápido.
- 7. No estás sola: Pide ayuda a familiares, vecinos o redes de apoyo.
El ciclo de la violencia
La violencia intrafamiliar suele repetirse en un ciclo de 3 fases:
- 1. Acumulación de tensión: Pequeños conflictos, insultos, control.
- 2. Explosión violenta: Golpes, agresiones graves, violación.
- 3. Luna de miel: El agresor se disculpa, promete cambiar, regala cosas. Luego el ciclo vuelve a empezar.
Salir del ciclo es posible con ayuda profesional y legal.
Indemnización por VIF
Las víctimas pueden reclamar una indemnización civil que incluye:
- Daño moral: Por el sufrimiento, miedo y humillación.
- Gastos médicos y sicológicos: Tratamiento del trauma.
- Lucro cesante: Si dejaste de trabajar.
- Gastos de mudanza y protección.
Preguntas frecuentes sobre VIF
- ¿Puedo denunciar a mi pareja si no estamos casados? - Sí, la ley protege a convivientes y pololeos.
- ¿Qué pasa si denuncio y luego me retracto? - En VIF, la Fiscalía puede continuar aunque te retractes, porque es un delito de acción pública.
- ¿Puedo pedir orden de alejamiento sin denunciar? - En Tribunales de Familia sí, mediante una denuncia de VIF.
- ¿Mi pareja puede seguir viviendo conmigo si lo denuncio? - El juez puede ordenar su salida inmediata del domicilio.
- ¿Puedo perder el cuidado de mis hijos si denuncio? - No. Por el contrario, denunciar protege a tus hijos del maltrato.
- ¿Qué hago si soy extranjera y no tengo documentos? - Puedes denunciar igual. La ley te protege sin importar tu situación migratoria.
¿Sufres violencia intrafamiliar o te acusan de haberla ejercido?
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